Por: Arnoldo García

Atribuir falsamente la paternidad de un hijo podría ser castigado en Tamaulipas con indemnizaciones económicas obligatorias y la eventual aplicación de sanciones penales, de prosperar una iniciativa presentada en el Congreso del Estado.

La propuesta fue promovida por el diputado Marcelo Abundiz Ramírez y plantea reformas al Código Civil del Estado para sancionar de manera expresa la llamada falsa paternidad, una práctica que —advierte— vulnera derechos fundamentales y genera afectaciones patrimoniales y emocionales.

El proyecto adiciona el artículo 347 Ter, con el cual se establece que quien, mediante engaño, dolo, manipulación, artificio o mala fe, atribuya falsamente una paternidad a un hombre que no es el padre biológico del menor, deberá responder por los daños y perjuicios ocasionados.

La iniciativa señala que, una vez practicada la prueba genética y acreditada la inexistencia del vínculo biológico, el afectado tendrá derecho a demandar indemnización, incluyendo el reembolso de pensiones alimenticias pagadas indebidamente.

También podrán reclamarse gastos legales, erogaciones realizadas durante el proceso judicial y otras afectaciones económicas razonables derivadas de la atribución indebida de la paternidad.

Además del daño patrimonial, el proyecto reconoce el impacto emocional y psicológico que genera este tipo de engaños, por lo que la reparación del daño no se limita a lo económico, sino que atiende las consecuencias personales que enfrenta el afectado.

Un punto central de la iniciativa es que la indemnización procederá incluso cuando no se demuestre mala fe directa, siempre que exista engaño objetivo o información falsa que haya inducido al error en el reconocimiento de la paternidad.

El texto legal también deja abierta la posibilidad de que estas conductas generen responsabilidades penales conforme a la legislación vigente, sin crear un nuevo delito específico, pero permitiendo la aplicación de figuras como fraude o falsedad cuando el caso lo amerite.

De manera paralela, la propuesta amplía los supuestos para la investigación de la paternidad, incorporando los casos de duda razonable y objetiva por parte del presunto padre, con el objetivo de dar mayor certeza jurídica.

Asimismo, se mantiene la posibilidad de decretar pensión alimenticia provisional como medida de protección mientras se resuelve el juicio, buscando equilibrar el interés superior del menor con los derechos del presunto progenitor.

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