Por Alfredo Guevara

Aunque corresponderá a los organismos públicos locales realizar la elección de quienes integran el consejo de la judicatura en cada una de las entidades federativas, el primer paso para aterrizar la reforma judicial es la armonización de la Constitución, en un plazo no mayor de seis meses.

Y es que, de acuerdo a la reforma de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe), corresponderá al Instituto Nacional Electoral (INE) definir lineamientos, criterios y atender inclusive, consultas que formulen los organismos públicos locales en caso de la elección de integrantes de la elección de integrantes de la judicatura de los estados, confirmó Juan José Ramos Charre.

El presidente del Instituto Electoral de Tamaulipas (Ietam), precisó que con dicha reforma, para la elección judicial se mantiene la rectoría del Sistema Nacional de Elecciones a cargo del Consejo General del INE.

Sin embargo, en la Ley General se faculta a los organismos públicos locales (como el Ietam) para coadyuvar con el Consejo General del INE en las actividades propias de los procesos, en este caso, electivos que se desahogan para la integración del Poder Judicial Federal (PJF).

“El plazo que está corriendo, establecido en el artículo octavo transitorio del decreto mediante el cual se reformaron diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos refiere a seis meses para que las entidades federativas efectúen el proceso de armonización legislativa, como primer paso”, indicó.

Posterior a que se definan las bases, conforme a las cuales habrá de efectuarse, en su caso la elección de las y los integrantes de la Judicatura del Estado, ya sea en un proceso electoral a celebrarse el primer domingo de junio del año 2025 o bien en su totalidad en la elección que de carácter concurrente se efectuará el primer domingo de junio del año 2027, explicó.

Recordó que todas las candidaturas, inclusive de quienes participan por un cargo, de carácter político como representantes o gobernantes deben observar los requisitos que establezca la Constitución Política Federal y la del Estado, para quien busque ser ya sea magistrado o magistrado del Supremo Tribunal de Justicia o juez o jueza de primera instancia serán prácticamente los mismos.

No obstante, las autoridades electorales no podrán añadir requisitos adicionales a quienes en este caso, busquen integrar la judicatura del Estado más adelante.

Share.

No puedes copiar el contenido de esta página. ©Desde Donde Estamos